por Redaccion CEP

Adopción - Adopción post mortem - Familia monoparental - Discriminación


Fallecida durante la tramitación del juicio la pretensa adoptante, se concede la adopción plena post mortem del adolescente de 16 años, atento a que el menor es hijo biológico del ex conviviente de la actora -y padre de sus dos hijos-, y se le otorgó la guarda judicial del menor que pretende adoptar cuando este era un bebé ante la entrega que hiciera su madre biológica, hoy también fallecida. Ello así, por cuanto, el Código Civil y Comercial permite la adopción por parte de un matrimonio, una pareja conviviente o una sola persona (arts. 602 y 603), y también establece que en el caso de que sean dos los pretensos adoptantes y uno falleciere, se otorgará la adopción al sobreviviente, generado vínculos jurídicos de filiación con ambos integrantes de la pareja (art. 605). Sin embargo, nada dice el cuerpo legal mencionado respecto a que sea una sola persona la pretensa adoptante y fallezca durante la tramitación del proceso, por lo que no conceder la adopción post mortem en el caso, implicaría una discriminación dado que el Código Civil y Comercial no otorga una respuesta similar para las familias monoparentales. Además, se tiene en cuenta para así resolver que el adolescente se encuentra plenamente integrado al grupo familiar al haber vivido allí desde sus primeros meses de vida, prevaleciendo el principio de realidad familiar, la preservación de los vínculos fraternos -dado que los hijos biológicos de la pretensa adoptante son medio hermanos del menor-, como así también el derecho a la identidad en sus distintas fases (estática y dinámica). A ello se agrega que se encuentra acreditado que la persona que en vida fuera la pretensa adoptante cumple con la edad, las condiciones personales y de idoneidad, y se encontraba inscripta en el Registro Único de Aspirantes a Guarda con fines Adoptivos (arts. 599 y 601, Código Civil y Comercial).

L., M. s. Adopción /// Juzgado de Menores N° 3, Corrientes, Corrientes, 05/08/2020; RC J 4646/20