por Redaccion CEP

Basurales a cielo abierto - Acción de amparo - Derechos constitucionales - Programa de saneamiento - Municipios y Comunas


Se hace lugar parcialmente a la acción de amparo planteada por el concejal actor en los términos del plan de manejo ambiental establecido. Por dicho plan la demandada deberá fiquinitar el Estudio de Impacto Ambiental tramitado ante el Instituto Correntino del Agua y del Ambiente respecto al basurero a cielo abierto que funciona en el municipio, prohibiéndose el depósito, quema o entierro improvisado de los residuos domiciliarios en el basurero a cielo abierto; asimismo, deberá implementar un plan de manejo que reduzca al máximo de sus posibilidades el daño ambiental, a través de un sistema de rellenos sanitarios y/o sistema similar, como así también el ingreso de personas no autorizadas, animales domésticos, la quema y producción de humos, etc.; del mismo modo, deberá realizar un plan integral de saneamiento ambiental respecto de los predios donde funciona el basurero municipal y realizar un relevamiento de las personas que, se constataron, viven en dicho predio, dándoles una cobertura preventiva de salud y disponiendo su traslado a zona urbana donde puedan acceder a los bienes y servicios que se brindan a los ciudadanos. Además, deberá informar los avances sobre el plan municipal de tratamiento de los residuos sólidos urbanos (programa "Santo Tomé No Tira La Basura. La Separa"), prohibiéndose para el año 2028 la disposición final (en rellenos sanitarios) de materiales tanto reciclables como aprovechables. Se verifica la desidia de la accionada en el control y manejo del basurero municipal, atento al incumplimiento de la normativa ambiental específica, y su actuar arbitrario en virtud de prácticas y usos sin mayores compromisos por el medio ambiente comunal.

Etchegaray Centeno, Eduardo Raúl vs. Municipalidad de Santo Tomé s. Amparo /// Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Laboral, Santo Tomé, Corrientes, 07/08/2020; RC J 4913/20


Voces: CONTAMINACIÓN AMBIENTAL - RESIDUOS DOMICILIARIOS - PRINCIPIO DE PRECAUCIÓN AMBIENTAL - DERECHO A LA SALUD - AMPARO - AMBIENTAL - IMPACTO AMBIENTAL - ANIMALES


Responsabilidad de la Municipalidad por la contaminación ambiental producida en los alrededores del basurero comunal a cielo abierto, agravado por la demora en tramitar y obtener la respectiva Declaración de Impacto Ambiental.