por Redaccion CEP

Absolución - Beneficio de la duda - Abuso sexual con acceso carnal agravado - Aprovechamiento de la inmadurez sexual de la víctima - Errónea valoración de la prueba - Testigo de oídas - Reenvío


Corresponde hacer lugar al recurso de casación interpuesto por el Fiscal contra el fallo que absolvió al procesado respecto al presunto delito de abuso sexual con acceso carnal con aprovechamiento de la inmadurez sexual de la víctima invocando insuficiencia probatoria, y ordenar el reenvío de la causa al Tribunal de Juicio a fin de que se dicte una nueva sentencia conforme a derecho, toda vez que cotejada que fuere la sentencia se advierte que los magistrados no han observado las reglas de la sana crítica racional, en la valoración de los elementos probatorios incorporados al proceso. En este sentido, analizado el desarrollo de los argumentos del magistrado que lidera el fallo se aprecia que asiste razón al recurrente encontrándonos ante un análisis fragmentado de la prueba así como de los fundamentos de la decisión, pues, luego de exponer nuevamente los alegatos del Fiscal, en que existen discordancias relevantes entre la versión dada por la víctima y la denunciante (progenitora de la menor) que en un principio dijo que la menor le contó que la violó un hombre de cabellos cortos blancos, con textura robusta, describió su vestimenta y posteriormente expresó que fue su vecino, lo cual resulta inverosímil para el Tribunal que primero haya relatado un abuso y describa a una persona y luego recién a los ocho días diga el nombre de su agresor. Ahora bien, más allá de lo inverosímil que le pueda resultar al a quo el relato dado por la progenitora de la menor, los sentenciantes omitieron considerar que la denunciante es un testigo de oídas y su declaración constituye un indicio que debe ser corroborado por otras probanzas, por cuanto es transmisor indirecto del elemento probatorio buscado y no es testigo en sentido propio porque sólo trae a proceso lo que oyó decir acerca del hecho que se pretende acreditar. Es decir, que su carácter de elemento complementario conduce a que su mayor o menor valor esté dado por su evaluación armónica con los restantes elementos probatorios recogidos.

G., L. A. s. Abuso sexual con acceso carnal con aprovechamiento de la inmadurez sexual de la víctima /// Superior Tribunal de Justicia, Corrientes, 31/03/2021; RC J 1904/21