por Redaccion CEP

Responsabilidad del Estado - Carga de la prueba - Animales sueltos en la ruta - Obligación de seguridad


Se hace lugar el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley deducido por el Estado provincial demandado y, en consecuencia, se declara la nulidad parcial de la sentencia, dejándose sin efecto la condena que le fuera impuesta; pues, no se advierte óbice legal a la ponderación de pruebas efectuada, teniendo por demostrados los extremos que tornan admisible la demanda contra el propietario de los animales sueltos en la ruta, pero inferir de allí que el Estado provincial es subsidiariamente responsable y condenarlo por no haber probado las circunstancias eximentes de esa responsabilidad, importa una transgresión al principio de congruencia, de raigambre constitucional, que invalida el pronunciamiento. Se demostró la ocurrencia del hecho luctuoso que motivó el reclamo así como la propiedad de los animales sueltos en la vía pública y el nexo causal entre aquel hecho y los daños materiales sufridos por el actor; empero, éste alegó que dicha responsabilidad era imputable a la Dirección Provincial de Vialidad, como responsable de la transitabilidad y seguridad de los usuarios de la ruta, no a la Policía de la Provincia, esto es, al Estado provincial en forma directa y aun cuando éste haya podido ejercer su defensa en esos términos, lo cierto es, que la condena excede los límites en que ha quedado planteada la relación procesal.

Romero, Carlos Joaquín vs. Estado de la Provincia de Corrientes y otros y/o quien resulte responsable y/o corresponda s. Acción contenciosa administrativa - Daños y perjuicios /// Superior Tribunal de Justicia, Corrientes, 19/02/2021; RC J 2407/21