por Redaccion CEP

El banco debe abstenerse de retener las cuotas de un crédito que fue otorgado y acreditado en la caja de ahorro del actor por homebanking al resultar verosímil que terceros lo hayan obtenido a su nombre


F. A. A. C/ BANCO DE GALICIA Y BS. AS. S.A. S/ ACCIÓN DE NULIDAD

Tribunal: Juzgado Civil y Comercial de Goya

Sala / Juzgado / Circunscripción / Nominación: III

Partes: F. A. A. c/ Banco de Galicia y Bs. As. S.A. s/ acción de nulidad

Fecha: 15 de abril de 2021


Cita: MJ-JU-M-132726-AR|MJJ132726|MJJ132726

Voces: BANCOS - RESPONSABILIDAD BANCARIA - PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR - RELACIÓN DE CONSUMO - INFORMÁTICA - INTERNET - INFRACCIONES A LA LEY DE PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR - TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES - PROHIBICIÓN DE INNOVAR - VEROSIMILITUD DEL DERECHO - PELIGRO EN LA DEMORA - PRÉSTAMOS BANCARIOS - CAUCIÓN JURATORIA CIVIL Y COMERCIAL - CONTRACAUTELA - ACCIÓN DE NULIDAD - CAJA DE AHORRO - CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN - PHISHING - BENEFICIO DE GRATUIDAD


Phishing: El banco debe abstenerse de retener las cuotas de un crédito que fue otorgado y acreditado en la caja de ahorro del actor por homebanking al resultar verosímil que terceros lo hayan obtenido a su nombre.

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