por Redaccion CEP

Abogado - Apartamiento - Recurso de inaplicabilidad de ley - Improcedencia


Se rechazó el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley deducido contra el decisorio de alzada que confirmó el apartamiento que se decretó respecto de una de las abogadas de las partes intervinientes en el proceso en razón de haber intervenido como Jueza durante su sustanciación a la luz de la prohibición contemplada en el art. 81, Ley Orgánica de la Administración de Justicia, ya que de la normativa aplicable surge claramente que los magistrados jubilados podrán ejercer la profesión como abogados a los dos años de obtenido el beneficio previsional, pero en ningún caso (les está prohibido) podrán asumir la defensa en expedientes en los que hubieren intervenido anteriormente como jueces. Media así un impedimento que particularmente los afecta respecto de las causas puntuales en las que intervinieron en pos de evitar situaciones indecorosas y en resguardo de la dignidad que la profesión inviste.

García Luza, Norma Angélica vs. Castro, Francisco y/u otros s. Sumarísimo - Reconstrucción /// Superior Tribunal de Justicia, Corrientes, 16/04/2021; RC J 4896/21