por Redaccion CEP

Condena - Delito de promoción a la prostitución agravado - Madre de la víctima menor de edad - Valoración de la prueba - Valor del testimonio de la víctima


Corresponde convalidar la sentencia que condenó a la imputada a la pena de diez años de prisión en orden al delito de promoción a la prostitución agravado por la edad y por el vínculo, cometido en perjuicio de su hija adolescente aprovechando su discapacidad visual, toda vez que confrontada que fuere la decisión en crisis con el líbelo recursivo de la defensa, las críticas formuladas por la recurrente en cuanto a que se han violado las reglas de la sana crítica racional en la fundamentación del fallo y que los sentenciantes han omitido una valoración del plexo probatorio incorporado en el proceso, resultan insuficientes como tema recursivo porque, no obstante lo extenso de su queja, no indica con precisión en que consistió esa violación. La impugnante omite demostrar cómo se vulneraron los principios del recto entendimiento humano (de identidad, de tercero excluido, de contradicción, de razón suficiente) para que el agravio que invoca a la violación de la sana crítica racional sea atendido. Una alusión genérica a la violación de las reglas del sistema de la sana crítica racional, hace improcedente el agravio. Y, si bien la quejosa se agravia por el valor probatorio dado a la declaración prestada por la víctima, estimando que su valor es relativo si se lo compara con otras pruebas, no especificando a que pruebas se refiere, lo cierto es que esta generó convencimiento en el tribunal de juicio al ser evaluadas precisamente con las demás pruebas producidas, en mérito a que el relato brindado por la damnificada desde los albores de la investigación resultó claro, veraz, seguro y coherente, sin motivos para restarle credibilidad, sino que más bien permitió la reconstrucción de los hechos.

R., M. E. s. Promoción a la prostitución calificado por el modo y por el vínculo /// Superior Tribunal de Justicia, Corrientes, 29/09/2021; RC J 7045/21