por Redaccion CEP

Interdictos posesorios - Interdicto de recobrar la posesión - Procedencia - Adultos mayores - Situación de vulnerabilidad - Convención Interamericana sobre Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores


Se hace lugar a la demanda de interdicto de recobrar la posesión interpuesta por dos personas mayores contra su nieto y la pareja de éste, respecto del inmueble que era la vivienda de la pareja actora. Ello, dado que los actores se habían retirado temporalmente de su casa para poder hacer refacciones allí y atender su salud, negando luego los demandados el reingreso a su vivienda mediando una discusión de tal magnitud que fuera percibida por los vecinos que han dado su testimonio en el caso, lo que configura el requisito de violencia que requiere la norma aplicable a éste tipo de procesos para configurar el despojo. Se suma a ello el abuso de confianza ejercido sobre una pareja de ancianos que desarrolló su vida familiar y laboral en una vivienda ejerciendo la posesión de ésta durante más tres décadas, configurándose así también el despojo desde el momento en que se les niega el ingreso al que fuera su hogar mediando abuso por parte de los demandados. Asimismo, se encuentra cumplido también el requisito del plazo de interposición de la demanda, conforme el momento en que se produjo este despojo, dado que se hizo en aproximadamente un mes de los hechos mencionados, acreditado también por los testigos y los dichos del propio demandado al prestar declaración. Para así resolver, además, se tiene presente la condición de personas mayores de los actores, y que la clásica conceptualización de la violencia como acto de fuerza material o moral debe considerar los matices y características particulares de los adultos mayores denunciantes de dicha situación y el contexto de los hechos denunciados para poder caracterizarlos como causal de despojo receptada por la legislación aplicable al caso, considerando especialmente el concepto de maltrato brindado por la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos de las Personas Mayores (Ley 27360; inc. 23, art. 75, Constitución Nacional).

L., Q. S. y otros vs. R., G. y otro s. Interdicto de retener - Recobrar - Obra nueva /// Juzgado en lo Civil, Comercial, Laboral, Menores y Familia, Mercedes, Corrientes, 26/10/2021; RC J 7676/21