por Redaccion CEP

Costas - Distribución - Costas por su orden - Derecho de comunicación


Costas - Distribución - Costas por su orden - Derecho de comunicación


Se confirma el decisorio que impuso las costas en el orden causado tras hacer lugar a la demanda sobre el derecho de comunicación con respecto a los hijos de ambas partes y, en consecuencia, estableció el régimen de contacto en ejercicio del derecho de comunicación, ya que ante la controversia queda clara la necesidad de recurrir a los estrados judiciales para destrabar este conflicto y dar una respuesta integral para los intereses de todos los involucrados, particularmente, atendiendo al desarrollo psíquico, emocional y formación integral de los menores y la imposición de "las costas por su orden" implica entronizar el principio de "equidad" entendido para el caso como una distribución proporcional del costo del proceso entre ambas partes.


C. E. M. vs. C. M. E. s. Derecho de comunicación /// Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Laboral, Curuzú Cuatiá, Corrientes, 08/11/2019; RC J 1742/20