Protocolo de los Juzgados de Familia de Capital

REDACCION CEP

Dan a conocer el Protocolo acordado en ese fuero. Apuntan a facilitar las notificaciones de proveídos, resoluciones y sentencias de los expedientes pendientes al 16 de marzo que saldrán a notificación desde el 14/05/2020

Las doctoras Nora G. Chaves Caballero, Maria Mercedes Sosa y Nora Infante, titulares de los Juzgados de Familia N° 1, 2 y 3 respectivamente, convinieron una serie de pautas –de acuerdo a la realidad del fuero de familia- que comenzarán a regir el jueves 14 de mayo. En esa fecha esas dependencias comenzarán a realizar notificaciones de proveídos, resoluciones y sentencias de los expedientes pendientes al 16 de marzo de este año. El objetivo del Protocolo acordado apunta a agilizar y facilitar la tarea. Sin perjuicio de la utilización de los medios electrónicos que fueran habilitados en los respectivos Acuerdos del Superior Tribunal de Justicia -en razón a la emergencia sanitaria por el Covid -19, las magistradas entendieron que lo más pertinente era habilitar el horario vespertino para la notificación de los expedientes incluidos en la correspondiente lista de notificaciones. El cronograma que establecieron es el siguiente: *Jueves 14 de mayo de 2020: Serán incluidos los expedientes que estaba previstos para el 19 de marzo, además de aquellos habilitados durante la feria extraordinaria. *Semana del 18 de mayo al 22 de mayo: se habilitará la notificación diaria del resto de los expedientes pendientes, distribuyéndolos en los días lunes 18, martes 19, miércoles 20 y jueves 21. Respecto del horario vespertino para notificación de los profesionales, se determinó que a los fines de una mejor organización interna las notificaciones se efectuarán en el horario de 14 a 18 horas. En todos los Juzgados, los profesionales deberán cumplir las normas de distanciamiento obligatorio y los requerimientos sanitarios: barbijos o tapabocas, e higiene de lo que será estrictamente controlado por el agente del Juzgado designado al efecto en cada piso. En el edificio de Julio y San Juan, sede de los Juzgados de Familia Nº1 y Nº2 los abogados ingresarán al edificio por el acceso habilitado. El mismo estará supervisado -en cuanto a cantidad de personas e higiene- por el personal policial y de Intendencia, que cumplen funciones en horario vespertino dentro de este edificio. A tal fin los Juzgados remitirán la Lista de Notificaciones diaria para el control del ingreso del profesional habilitado a notificarse. En el edificio de Tribunales hay 3 ascensores en el hall principal: el de la izquierda se habilitará exclusivamente para el ingreso de los profesionales al Juzgado de Familia Nº1; el de la derecha para el Juzgado de Familia Nº2. El tercer ascensor quedará inhabilitado. Sólo podrán ingresar hasta 2 personas por ascensor. A medida que se retiran, ascenderán 2 profesionales más. No podrán permanecer en el mismo piso más de 2 personas notificándose, por lo que recomiendan la mayor diligencia y celeridad en el trámite para permitir el ingreso de todos los profesionales. Por tal motivo, no se recibirán escritos ni se evacuarán consultas. En la sede del Juzgado de Familia Nº3, sito en Carlos Pellegrini 962, se establecerá el respectivo control policial para el ingreso de los abogados, asegurando además la higiene y desinfección de manos y el respeto al distanciamiento obligatorio. Para ello se requerirá a la Dirección de Arquitectura la marcación correspondiente Atento a la estructura edilicia del Juzgado, se prevén 2 abogados por vez para notificarse, quienes podrán extraer fotos de las actuaciones y proceder a su retiro para habilitar el ingreso de los siguientes. Tampoco se evacuarán consultas a los fines de evitar demoras innecesarias. A los fines de una adecuada organización, el Juzgado facilitará al personal policial y/u ordenanza la Lista de Notificaciones diaria para el control del ingreso del profesional habilitado a notificarse. Los Juzgados de Familia subrayaron que el profesional debe concurrir al Juzgado al sólo y único efecto de la notificación del expediente incluido. No podrá solicitar expedientes incluidos en días anteriores. No se podrán presentar escritos en soporte papel. A partir de esas notificaciones, en adelante, todos los actos procesales derivados de la providencia o resolución que se notifique, se realizarán por los medios de notificación electrónicos salvo que por necesidad del servicio sea necesario recurrir a la notificación por cédula y/o disponer el libramiento de mandamientos. Fuente: http://www.juscorrientes.gov.ar

Redaccion CEP

Circulo de Estudios Procesales.